El otro día en una cajetilla de Marlboro pude leer: "El tabaco perjudica seriamente su salud es verdad, pero el Estatuto la perjudica mucho más". Poco después, Manuel Torre Iglesias entrevistaba en Saber vivir a un dermatólogo de Ponferrada para conocer las reacciones alérgicas del Estatuto y las infecciones cutáneas que provoca. Parece ser que hoy se ha convocado una rueda de prensa del equipo español de esquí desplazado a Turín, para confesar que los malos resultados obedecen a los efectos perniciosos del Estatuto catalán. Mientras tanto, nos cuenta Lunaro que Javier Arenas (exagerando su acento andaluz como si fuera Chiquito de la Calzada) afirma que "el pacto de Zapatero con el nacionalismo catalán perjudica a los andaluces y Chaves no hace nada para remediarlo".
Ésta es la nueva versión del piove, porco governo. Ahora piove, porco estatuto. Seguramente, es el mejor momento para empezar a debatir el Estatuto, el mejor momento para abrir el debate sobre los contenidos, los posibles efectos, las interpretaciones y las controversias del texto. Luz y taquígrafos.
Título primero
Empiezo la colección con algunas anotaciones sobre el título I. Como sabéis existe ya un texto acordado por la ponencia (gracias, Miquel Iceta), aunque han quedado algunas enmiendas vivas. El título I es el de derechos, deberes y principios rectores. Está formado por cinco capítulos y 54 artículos. En el debate del Parlamento catalán, PSC, ICV y ERC votaron a favor. El PPC votó en contra porque consideró innecesario el título. Convergència i Unió también votó en contra porque pretendía crear una Carta de derechos y deberes separada del Estatuto. Debo decir que me siento muy orgulloso de este capítulo. Creo que Cataluña propone un nuevo pacto social, unas reglas del juego con las que me siento muy cómodo.
1. ¿Por qué este título?
Es cierto que existen detractores del título primero. Se argumenta que en el Estatuto vigente no existe este título y que en su momento la Constitución pactó los derechos de los españoles. La posición de CiU es diferente. Considera que si se incluye este título en el Estatuto debe ser refrendado no sólo en el Parlamento catalán, sino también en el Congreso.
Los argumentos a favor del título son:
- La Constitución ha envejecido. La transformación de la sociedad ha sido de tal calibre que las tímidas demandas de los años 80 han crecido notablemente. Cuestiones como la sostenibilidad, el medio ambiente, los derechos de los consumidores, el acceso a una administración de calidad o el papel de la sanidad pública han evolucionado mucho desde el primer texto.
- La sociedad ha madurado. Eso afecta a temas como el divorcio, el aborto, el derecho a una muerte digna o el concepto de familias (que no familia) que se han asentado en la gran mayoría de los ciudadanos.
- Existen algunas especificidades en Cataluña que merecen una atención específica, especialmente en relación con el ámbito lingüístico.
- En realidad, es difícil imaginar un documento legislativo marco que no contemple un capítulo como éste. Todas las cartas magnas del mundo lo incorporan y los primeros documentos de reformas estatutarias (por ejemplo, en Andalucía o País Valenciano) también lo incorporan.
2. ¿Propone el Estatuto la eutanasia?
No, no la propone. El artículo 20.1. ha sido uno de los más controvertidos. Reconoce el derecho de todas las personas "a vivir con dignidad el proceso de su muerte". Es verdad que abre las puertas a un tema aún mal resuelto, como es la decisión del enfermo sobre su propia vida y el acto de morir. Creo sinceramente que este redactado era suficientemente laxo como para adaptarse a diversas interpretaciones. De todas formas, CiU ha forzado un añadido, que es "y a recibir un adecuado tratamiento del dolor y los ciudados paliativos".
En el 20.2 se recoge el derecho a la redacción de un testamento vital, tal y como contempla la legislación catalana vigente.
3. ¿El redactado del Estatuto margina a los castellanohablantes?
He dedicado varios posts a negar este extremo. De hecho, el texto acordado recoge el espíritu y la letra del modelo de convivencia lingüística de Cataluña. Todas las disposiciones se recogen en un capítulo tercero, que tiene seis artículos. Veamos las líneas maestras del texto:
- "Todas las personas tienen derecho a no ser discriminadas por razones lingüísticas"
- "En las relaciones con las instituciones, las organizaciones y las administraciones públicas en Cataluña, todas las personas tienen el derecho a utilizar la lengua oficial que elijan"
- "La enseñanza del catalán y del castellano debe tener una presencia adecuada en los planes de estudio"
- "Los alumnos tienen derecho a no ser separados en centros ni en grupos de clase distintos por razón de su lengua habitual"
En resumen. Hay dos lenguas oficiales y la administración debe velar para que ambas estén presentes en la prestación de servicios públicos. ¿Y en el ámbito privado?. Que cada cual hable como quiera. Y cuantos idiomas, pues mucho mejor.
4. ¿Poligamia a la catalana?Es sabido que la
Fundación FAES atribuyó al Estatuto, entre otras muchas catástrofes, la capacidad de instaurar la poligamia. Se basaba en un artículo tan inocuo como éste: "Los poderes públicos deben promover la igualdad de las distintas uniones estables de pareja con independencia de la orientación sexual de sus miembros. La ley debe regular dichas uniones y otras formas de convivencia y sus efectos" (art. 40.7). No sé a ustedes, pero a mi el término pareja me suena a dos. Es evidente que el espíritu de esta disposición es aceptar las nuevas formas de familia (monoparentales, formadas por personas homosexuales...) y favorecer la igualdad de derechos de cualquier modelo familiar.
Los amigos de CiU (ésos que decían que no tenía que tocar ni una coma del acuerdo catalán) han batallado para incorporar una coletilla, con el fin de marcar la frontera entre modelos familiares:
"la igualdad de las distintas uniones estables de pareja
teniendo en cuenta sus características con independencia de la orientación sexual de sus miembros".
5. ¿Permite el Estatuto la prostitución?Éste es un debate de plena actualidad. En estos momentos, existen dos discursos contrapuestos: Quienes opinan que la prostitución existe y existirá, de manera que es mejor su legalización; y quienes consideran que la legalización tolera una práctica deningrante para la persona. El viejo debate entre el pragmatismo y los principios esenciales.
El Estatuto recoge bastante bien algunos planteamientos feministas, que intentan (sin mucho éxito hasta la fecha) equiparar las condiciones de hombres y mujeres. Por eso, hay diversos artículos que enfatizan la necesidad de acabar con la discriminación por motivos de género. En esta línea, el artículo 41.5 dice textualmente: "Los poderes públicos deben velar para que la libre decisión de la mujer sea determinante en todos los casos que puedan afectar su dignidad, integridad y bienestar físico y mental, en particular en lo que concierne al propio cuerpo y a su salud reproductiva y sexual". Que las mujeres puedan "disponer" libremente de su propio cuerpo puede ser interpretado como una puerta a la prostitución tolerada. Por ello, nuevamente CiU, tras pasar por el confesionario, ha pactado la incorporación del siempre socorrido "en los supuestos previstos en la ley".
6. ¿Remite el Estatuto a los fueros históricos?De momento, el título primero sólo hace referencia a la memoria histórica. No se trata de apelar a derechos en base a la historia, sino al simple ejercicio de fomentar la memoria del pasado y reconocer su valor colectivo. Suscribo plenamente el contenido del artículo 54:
- "La Generalidad y los demás poderes públicos deben velar por el conocimiento y el mantenimiento de la memoria histórica de Cataluña como patrimonio colectivo que atestigua la resistencia y la lucha por las libertades democráticas y los derechos nacionales y sociales".
- "La Generalidad debe velar para que la memoria histórica se convierta en símbolo permanente de tolerancia, de dignidad de los valores democráticos, de rechazo de los totalitarismos y de reconocimiento de todas las personas que han sufrido persecución debido a sus opciones personales, ideológicas o de conciencia"
7. ¿Realmente es un avance?Por supuesto, eso depende de la concepción personal de "avance" y de sus principios éticos. Pero creo que el título primero es una excelente oportunidad para re-construir los principios de convivencia, para fijar unas reglas del juego modélicas.
El texto reconoce los derechos de los menores, de las mujeres, de las personas mayores o de los discapacitados. Propone la igualdad en el acceso a la cultura, el derecho al paisaje (que ha sido objeto de toda clase de mofas por parte del liberalismo), los deberes con el patrimonio natural o cultural, el fomento de la participación ciudadana, el derecho a una buena administración o el fomento de la paz. Ya sé que en un clima de crítica al
buenismo (deberíamos decir, en un clima de
malismo), las críticas son constantes.
En mi opinión, tan sólo por este título ya vale la pena el Estatuto. Supongo (y espero) que el resto de documentos estatutarios escojan una senda similar. Espero vuestras preguntas o comentarios. Me voy a escuchar alguna declaración del PP para cargar pilas.